¿Por qué y cómo actualizar tu historia laboral?
Mantener tu historia laboral actualizada garantiza que la información sobre tu trayectoria profesional y académica sea precisa. Además, facilita trámites administrativos y mejora tus oportunidades en procesos laborales y de selección.
¿Cómo actualizarla?
- Reúne los soportes:
- Cambio de cédula: copia del nuevo documento.
- Cursos: certificado o diploma (con duración superior a 40 horas).
- Graduación: diploma de pregrado o posgrado.
- Envía los documentos:
- Correo: 📧 reportededatosspe@pedagogica.edu.co
- Asunto: Actualización de historia laboral – Nombre completo
- En el cuerpo del correo, incluye tu número de identificación y una breve descripción de los documentos adjuntos.
¿Cómo puedo solicitar el servicio de acompañamiento psicosocial en la UPN?
La Universidad Pedagógica Nacional ofrece el servicio de acompañamiento psicosocial para docentes y funcionarios. Para solicitarlo, debes enviar un correo electrónico a 📧 psicosocialsst@upn.edu.co, indicando tu nombre completo y el motivo de la solicitud.
¿Qué es un accidente de trabajo y cómo reportarlo?
Un accidente de trabajo es todo suceso repentino y no deseado que ocurre por causa o con ocasión del trabajo y que produce en el trabajador una lesión física, funcional o psiquiátrica, invalidez o muerte. También se consideran accidentes aquellos que ocurren durante el cumplimiento de órdenes del empleador, en traslados cuando el transporte es suministrado por este, o en actividades realizadas en representación de la institución.
¿Cómo reportarlo?
- Acude de inmediato al Centro Médico de la Universidad (Enfermería) para la valoración correspondiente.
- Reporta el accidente de forma inmediata al área de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) y a tu jefe inmediato.
- Sigue las recomendaciones médicas emitidas por la ARL.
- En caso de incapacidad, entrégala a tu jefe inmediato para los trámites administrativos.
- Participa en la investigación del accidente y en la implementación de las acciones preventivas y correctivas.
¿Cómo se realiza la entrega y el recambio de los Elementos de Protección Personal (EPP)?
La entrega de Elementos de Protección Personal (EPP) por parte de la Universidad se realiza exclusivamente por concepto de recambio, cuando los elementos:
- Han cumplido su vida útil, según ficha técnica.
- Presentan daños.
- Se han extraviado.
El trámite debe ser gestionado a través del jefe inmediato o coordinador, quien deberá enviar la solicitud al correo seguridadindustrialsst@upn.edu.co.
Para iniciar el procedimiento, la solicitud debe incluir la siguiente información:
- Nombre del trabajador
- Cédula de ciudadanía
- Cargo
- Actividad que realiza
- Frecuencia y tiempo de exposición
- Elemento solicitado por recambio
- Talla
- Motivo del recambio
¿Cuáles son las fechas de pago de nómina?
Las nóminas del personal vinculado a la Universidad Pedagógica Nacional, mediante vinculación formal y reglamentaria se liquida y paga mensualmente entre los días 26 y 30 de cada mes.
¿Cuáles son las fechas de novedades de nómina?
Las fechas para la radicación de novedades de descuento por nómina se establecen anualmente y se publican en el calendario disponible en nuestro minisitio.
La información puede ser consultada en el siguiente enlace:
https://personal.upn.edu.co/calendario-cierre-de-novedades-de-nomina-2026/
¿En que fecha se asignan y reconocen puntos salariales para profesores de planta?
Los puntos salariales previamente aprobados por el Comité Interno de Asignación de Reconocimiento y Puntaje, se asignan y liquidan en los meses de junio de diciembre.
Los puntos salariales previamente aprobados por el Comité Interno de Asignación de Reconocimiento y Puntaje, se asignan y liquidan en los meses de junio de diciembre.
¿En que fecha se asignan y reconocen puntos salariales, clasificación o reclasificación para profesores ocasionales?
Conforme al Acuerdo 057 de 2003, en todos los casos, previa aprobación por el Comité Interno de Asignación de Reconocimiento y Puntaje, tendrá efectos salariales a partir de la siguiente vinculación del profesor o profesora.
¿Cómo puedo saber cuántos días de vacaciones tengo pendientes?
Para conocer el número de días de vacaciones pendientes, debes realizar la solicitud a través del correo electrónico institucional, escribiendo a
📧 dth@upn.edu.co y 📧 cnmartinezr@pedagogica.edu.co.
En el mensaje, indica tu nombre completo y número de identificación para facilitar la verificación de la información.
¿Cuál es el procedimiento para solicitar días de vacaciones pendientes?
La solicitud de días de vacaciones pendientes debe realizarse mediante el formato institucional FOR-GTH-024, el cual debe estar completamente diligenciado, contar con la aprobación del jefe inmediato y ser radicado en Archivo y Correspondencia para su respectivo trámite.
Este procedimiento se encuentra regulado en el PRO-GTH-005 – Vacaciones colectivas o individuales de la Universidad Pedagógica Nacional, el cual puede ser consultado aquí
El formato FOR-GTH-024 puede descargarse aquí
¿Cuál es el procedimiento para solicitar una licencia ordinaria no remunerada?
La solicitud de permisos, licencias o ausencias debe realizarse mediante el formato institucional FOR-GTH-027, el cual debe estar debidamente diligenciado, contar con la aprobación del jefe inmediato y ser radicado en Archivo y Correspondencia para su respectivo trámite.
Este procedimiento se encuentra regulado en el PRO-GTH-004 – Permisos, licencias y ausencias de la Universidad Pedagógica Nacional, el cual puede ser consultado en el siguiente enlace:
🔗 Consulta el procedimiento
🔗 Consulta el formato
¿Se deben reconocer y pagar los aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud y Pensión al
empleado que está en licencia ordinaria?
Sí. La licencia ordinaria no constituye un retiro definitivo del servicio ni rompe la relación laboral, por lo tanto, se mantiene vigente la obligación del empleador de realizar los aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud y Pensión, conforme a los porcentajes establecidos en la ley.
En materia de salud, el aporte corresponde al 8,5 % a cargo del empleador y al 4 % a cargo del trabajador, calculados sobre el ingreso base de cotización.
En cuanto a pensión, el empleador debe asumir el 12 % y el trabajador el 4 % del ingreso base de cotización.
¿Qué es la licencia de luto, cuántos días se reconocen y cómo se solicita?
La licencia de luto es un derecho que permite al servidor público ausentarse del servicio con goce de salario en caso de fallecimiento de un familiar cercano. Esta licencia se reconoce por un término de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la fecha del fallecimiento.
Aplica en los casos de fallecimiento del cónyuge o compañero(a) permanente, padres, hijos, hermanos, abuelos, nietos y suegros.
Para su trámite, el servidor debe informar de manera inmediata al jefe inmediato, adjuntando el registro civil de defunción o el documento que acredite el fallecimiento, para su gestión ante la Dirección del Talento Humano.
¿Qué es una prórroga de incapacidad?
La prórroga de la incapacidad es una nueva incapacidad médica que se expide con posterioridad a la incapacidad inicial, por la misma enfermedad o lesión, o por otra que tenga relación directa con esta, aun cuando corresponda a un código CIE diferente.
Se considera prórroga siempre que no exista una interrupción superior a treinta (30) días calendario entre una incapacidad y otra.
Esta definición se encuentra establecida en el Decreto 1333 de 2018, artículo 2.2.3.2.3.
Si estoy afiliado a NUEVA EPS, ¿debo transcribir la incapacidad?
Sí. Cuando la incapacidad es de tres (3) días o más, debe realizarse la transcripción por parte del afiliado, ya que NUEVA EPS no admite transcripciones realizadas por el empleador, siempre y cuando la incapacidad no cuente con membrete de NUEVA EPS.
En caso de que la incapacidad venga con membrete de NUEVA EPS, no es necesario realizar la transcripción.
Si estoy afiliado a la EPS Famisanar y tengo una incapacidad mayor a tres (3) días, ¿debo enviar mi historia clínica o epicrisis?
Sí, debido a las políticas de la EPS Famisanar, es obligatorio anexar la historia clínica o epicrisis junto con la incapacidad para que se realice el reconocimiento económico a la UPN
Si tengo una incapacidad emitida por un médico particular, ¿debo transcribirla para la UPN?
Sí, cuando la incapacidad es emitida por un médico particular, debe ser transcrita ante la EPS para que tenga validez ante la empresa y, si aplica, para el reconocimiento económico, es decir mayor a 3 dias.
¿Si me incapacitó a quien debo informar?
De acuerdo con el procedimiento PRO-GTH-017, cuando un servidor sea incapacitado deberá informar de manera inmediata a su jefe inmediato y entregar el original o una copia legible de la incapacidad dentro de los dos (2) días siguientes a su inicio.
Posteriormente, el jefe inmediato deberá remitir la incapacidad a la Dirección de Talento Humano mediante memorando, dentro de los tres (3) días siguientes a su recepción.