Funciones
- Darse su propio reglamento de conformidad con las disposiciones del presente Estatuto.
- Vigilar el cumplimiento de las normas de carrera y de evaluación del desempeño laboral de los empleados públicos, y solicitar ante los entes y autoridades competentes la investigación que corresponda en caso de conocer de la comisión de delitos e infracciones al ordenamiento jurídico.
- Asesorar, evaluar y acompañar los procesos de selección por concurso que surta la Universidad.
- Asesorar al rector en la definición de los instrumentos de prueba necesarios para dar cumplimiento a las normas de carrera.
- Vigilar el desarrollo de las convocatorias a concurso, y hacer las observaciones para asegurar la transparencia del proceso.
- Resolver las reclamaciones que hayan formulado los aspirantes o empleados públicos de la Universidad, en los procesos de selección para ingreso o ascenso a la carrera administrativa y los encargos a los cuales tenga derecho como efecto de vacancias temporales o definitivas del empleo.
- Resolver, dentro del término establecido, la segunda instancia en los recursos por inconformidad con la evaluación del desempeño laboral.
- Solicitar al rector que excluya o reubique a las personas en el listado de elegibles del concurso de méritos, cuando se haya comprobado cualquiera de los siguientes hechos:
- Admisión al concurso sin reunir los requisitos exigidos en la respectiva convocatoria o aporte de documentos falsos o adulterados para su inscripción.
- Inclusión en el listado de elegibles, sin haber superado las pruebas del concurso.
- Suplantación en la presentación de las pruebas previstas en el concurso.
- Conocimiento anticipado de las pruebas que se aplicarán en el concurso.
- Adelantar, de oficio o a petición de parte, las investigaciones necesarias para establecer la existencia de posibles irregularidades en los procesos de selección, y presentarlas ante la Rectoría.
- Asesorar frente a la creación de los instrumentos y factores de valoración y puntuación para evaluar el desempeño laboral de los empleados de carrera de la Entidad.
- Resolver los impedimentos y recusaciones manifestados en contra de los empleados públicos que deban realizar la evaluación del desempeño laboral, así como las objeciones que ellos mismos formulen.
- Velar por la provisión de los empleos en el orden de prioridad establecido en este Estatuto, y que los listados de elegibles sean utilizados conforme con los principios de economía, celeridad y eficacia en la función administrativa.
- Absolver las consultas que se le formulen en relación con la interpretación de normas de carrera de la Universidad.
- Presentar propuestas para crear los programas de formación para el trabajo.
- Las demás que le asignen la ley y los reglamentos.
- Velar por el cumplimiento de la filosofía y políticas de valoración del mérito.
- Fomentar espacios de sensibilización hacia la cultura de la valoración del mérito.
Realizar la veeduría en la realización de los estudios técnicos que soporten las modificaciones de la planta de personal administrativo de la Universidad.
- Recomendar al Consejo Superior y al rector de la Universidad iniciativas, estudios e investigaciones en áreas relacionadas con la administración de personal.
- Realizar veeduría frente a los procedimientos establecidos en la presente reglamentación y proponer las modificaciones a que hubiere lugar.
- Velar porque los nombramientos provisionales se provean conforme con los requisitos y procedimientos establecidos en la normatividad vigente, para lo cual otorgará su En caso de infracción, solicitar la revocatoria del acto administrativo y la investigación disciplinaria a que haya lugar.
- Velar por el correcto desarrollo de los procesos de selección, previo conocimiento del cumplimiento de requisitos, por parte de los aspirantes.
- Velar por el correcto desarrollo del proceso de evaluación del periodo de prueba de los funcionarios que se encuentren en esta condición.
- Emitir concepto sobre adopción de programas de capacitación, derivados de los resultados de la evaluación.
- Vigilar permanentemente los instrumentos adoptados en el reglamento de la evaluación del desempeño.
- Asesorar o emitir los conceptos que sean solicitados por los responsables de la evaluación y los evaluados, en relación con el procedimiento para la evaluación.
- Vigilar el cumplimiento de los procedimientos establecidos para la evaluación.
- Vigilar el registro general del número de empleados inscritos en la carrera administrativa de la Universidad.
- Elaborar el cronograma de sus procesos y su plan de trabajo.
Contáctenos
La Comisión de Carrera Administrativa es un organismo plural, que se constituye en un escenario de concertación entre empleadores y empleados, con funciones referidas al control sobre la aplicación de las normas de carrera administrativa al interior de la Institución. Integrado por tres representantes de los trabajadores y cuatro representantes de la Universidad, encargado de verificar el cumplimiento de la normatividad vigente, que en materia del recurso humano, que debe hacerse extensivo a cada uno de los servidores públicos administrativos de la Institución.
Para efectos de adelantar cualquier consulta o petición puede escribir al correo electrónico: rcomision_carrera@upn.edu.co
Normatividad
- Resolución 0949 de 2013
- Acuerdo 004 de 2022
- Circular 026 de 2022
- Memorando de 25 de julio de 2022
- Memorando de 28 de julio de 2022
- Resolución 0966 de 2022
Trámites y Servicios de la Comisión
Conforme al Artículo 38 del Acuerdo 004 de 2022, la Comisión de Carrera Administrativa se pronunciará mediante Resolución cuando se trate de situaciones de carácter general, abstracto e impersonal, o de acontecimiento de carácter particular, subjetivo y concreto; y mediante circulares cuando se trate de impartir instrucciones o directrices sobre aplicación de las normas que regulan la carrera administrativa.
Los actos administrativos de que trata este artículo serán numerados de forma consecutiva, fechados y llevarán la firma de todos los integrantes de la Comisión. La Presidencia de la Comisión será la responsable de llevar el registro, numeración y archivo de dichos actos administrativos.
Miembros
Por parte de la Universidad:
Helberth Augusto Choachí
Rector
Vicerrector Administrativo y Financiero
Jefe Oficina de Desarrollo y Planeación
Decana – Facultad de Educación
Arnulfo Triana Rodríguez
Secretario Técnico
Por parte de los Trabajadores:
Principales:
Carlos Julio Galvis Riaño
Profesional Especializado – 15 (E)
Martha Lucía Olano Sánchez
Secretario Ejecutivo – 23 (E)
Viky Alexandra Bustamante Vargas
Profesional Universitario – 10 (E)
Suplentes:
María Cristina Gaona Ramírez
Secretario Ejecutivo – 23 (E)
Nina Samanda González Orjuela
Profesional Universitario – 11 (E)